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El TSJM dice que la 'Operación Calderón' no es compatible con la Ley del Suelo

Justicia anula el derribo del Vicente Calderón para construir rascacielos

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MADRID, 24 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado el acuerdo urbanístico en el ámbito Mahou-Vicente Calderón, ya que la Ley del Suelo no permite hacer edificios con más de cuatro alturas.

En una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, se estima parcialmente el recurso presentado por la asociación Señales de Humo contra la Comunidad en referencia al acuerdo del Consejo de Gobierno celebrado el 29 de diciembre de 2009. Por tanto, según ha adelantado 'El País', anula la modificación al no ser conforme a derecho.

En 2012, el Alto Tribunal madrileño anuló ya el acuerdo urbanístico porque la Ley del Suelo no permitía una edificabilidad general superior a las tres plantas más ático.

Pero el Tribunal Supremo revocó este fallo y ordenó repetir la sentencia. El Alto Tribunal concluyó en una sentencia dictada en octubre de 2014 que hubo un quebrantamiento de forma al no haberse emplazado a Mahou en el procedimiento.

Ahora, los magistrados analizan aspectos indicados por el Alto Tribunal como el cambio de normativa llevado a cabo por el Gobierno regional en 2013. De este modo, entienden que no es posible levantar rascacielos, ya que se no puede construir edificios de más de cuatro alturas.

Justicia anula el derribo del Vicente Calderón para construir rascacielos

El TSJM dice que la 'Operación Calderón' no es compatible con la Ley del Suelo
Redacción
viernes, 24 de abril de 2015, 12:29 h (CET)

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MADRID, 24 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado el acuerdo urbanístico en el ámbito Mahou-Vicente Calderón, ya que la Ley del Suelo no permite hacer edificios con más de cuatro alturas.

En una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, se estima parcialmente el recurso presentado por la asociación Señales de Humo contra la Comunidad en referencia al acuerdo del Consejo de Gobierno celebrado el 29 de diciembre de 2009. Por tanto, según ha adelantado 'El País', anula la modificación al no ser conforme a derecho.

En 2012, el Alto Tribunal madrileño anuló ya el acuerdo urbanístico porque la Ley del Suelo no permitía una edificabilidad general superior a las tres plantas más ático.

Pero el Tribunal Supremo revocó este fallo y ordenó repetir la sentencia. El Alto Tribunal concluyó en una sentencia dictada en octubre de 2014 que hubo un quebrantamiento de forma al no haberse emplazado a Mahou en el procedimiento.

Ahora, los magistrados analizan aspectos indicados por el Alto Tribunal como el cambio de normativa llevado a cabo por el Gobierno regional en 2013. De este modo, entienden que no es posible levantar rascacielos, ya que se no puede construir edificios de más de cuatro alturas.

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