El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz ha solicitado a la Agencia
Tributaria, dependiente del Ministerio de Hacienda, que determine "la
eventual responsabilidad que pudiera alcanzar al Partido Popular (PP) por
el Impuesto sobre Sociedades de 2008" en relación con las donaciones
que recibió en este ejercicio.
En una providencia a la que ha tenido acceso Europa Press, Ruz da cinco
días al organismo tributario para que proceda a determinar la
responsabilidad de la formación "en relación a las aportaciones económicas que en
concepto de donaciones aparecen anotadas en los registros contables opacos objeto de
análisis" en esta causa, en referencia a los "denominados papeles de Bárcenas.
El juez ha realizado esta solicitud "para el caso de que no se consideren rentas exentas de
tributación y tomándose únicamente en consideración para la determinación de la eventual
base de tributación los gastos en que hubiera incurrido la formación política en el ejercicio
de referencia que atiendan a los criterios y requisitos establecidos en la legislación
tributaria".
Según fuentes jurídicas, con esta diligencia el juez pretende cuantificar la tributación que
debería haber realizado la formación en relación con las aportaciones recibidas en 2008,
único ejercicio recogido en los 'papeles de Bárcenas' que no habría prescrito, y determinar
así si pudo cometer o no un delito fiscal. En caso de no existir responsabilidad penal,
podría aplicarle la condición de partícipe a título lucrativo de los delitos investigados, como
ya hizo en el 'caso Gürtel'.
FINES PROPIOS DEL PARTIDO
Los peritos de la Agencia Tributaria asignados a la pieza separada del 'caso Gürtel' en la
que se investiga la supuesta contabilidad B del PP ratificaron ante Ruz el pasado 11 de
febrero que el PP no estaba obligado a tributar por los 7,5 millones de euros en donaciones
que habría recibido entre 1990 y 2008, según la contabilidad de Bárcenas, porque se
habrían destinado a fines propios del partido, lo que, según la legislación, les eximiría de
tributación.
Además, las citadas fuentes recordaron que la responsabilidad penal de los partidos
políticos y los sindicatos fue recogida en la reforma del Código Penal que fue publicada en
el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 28 de diciembre de 2012, por lo que el PP no podría ser
imputado por hechos cometidos antes de esta fecha. Para incluir a estas organizaciones
las Cortes modificaron el artículo 31 bis de la Ley de Reforma del Código Penal, que regula
la responsabilidad de las personas jurídicas.
Los expertos fiscales también señalaron ante el juez instructor que las obras en la sede
central del PP, que se llevaron a cabo entre los años 2005 y 2011, se pagaron con 1,71
millones de euros en negro, aunque únicamente podría atribuirse delito fiscal a la empresa
que desarrolló los trabajos.
CUATRO DELITOS FISCALES
El último informe de la Agencia Tributaria, al que tuvo acceso Europa Press, destacaba que
la compañía, dirigida por el arquitecto Gonzalo Urquijo, "habría dejado de ingresar" a la
Hacienda Pública unas cuotas que en cuatro ejercicios "superan los 120.000 euros", límite
establecido por el Código Penal para el delito fiscal.
A su juicio, el estudio de arquitectura que llevó a cabo estos trabajos, Unifica Servicios
Integrales, cometió cuatro delitos fiscales relativos al Impuesto de Sociedades de 2006 y
2007 y al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) de 2009 y 2010.