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Estima el recurso de Cermi-CV

TSJCV anula el decreto del Consell que fija precios del copago de servicios sociales para mayores y discapacitados

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La sección tercera de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha anulado el decreto del Consell que fija precios del copago de servicios sociales para mayores y discapacitados.

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Así consta en la sentencia, en la que el tribunal estima el recurso presentado por el Comité Ejecutivo del Cermi-CV contra este Decreto 113/013 de 2 de agosto del Gobierno valenciano, por el que se establece el régimen y las cuantías de los precios públicos a percibir en el ámbito de los servicios sociales.

El tribunal anula el decreto al entender, en síntesis, que la naturaleza jurídica del copago establecido para el colectivo considerado especialmente vulnerable --discapacitados y mayores-- debe exigirse, en su caso, mediante una tasa, cuya aprobación ha de producirse exclusivamente mediante ley aprobada en las Corts, algo que no se hizo.

TSJCV anula el decreto del Consell que fija precios del copago de servicios sociales para mayores y discapacitados

Estima el recurso de Cermi-CV
Redacción
martes, 7 de octubre de 2014, 09:21 h (CET)
La sección tercera de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha anulado el decreto del Consell que fija precios del copago de servicios sociales para mayores y discapacitados.

071014cv1

Así consta en la sentencia, en la que el tribunal estima el recurso presentado por el Comité Ejecutivo del Cermi-CV contra este Decreto 113/013 de 2 de agosto del Gobierno valenciano, por el que se establece el régimen y las cuantías de los precios públicos a percibir en el ámbito de los servicios sociales.

El tribunal anula el decreto al entender, en síntesis, que la naturaleza jurídica del copago establecido para el colectivo considerado especialmente vulnerable --discapacitados y mayores-- debe exigirse, en su caso, mediante una tasa, cuya aprobación ha de producirse exclusivamente mediante ley aprobada en las Corts, algo que no se hizo.

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