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Por Rubén Fernández-Avilés López-Lillo
Historiador por la UCM
Según la RAE aborto (del latín abortus) significa en su segunda acepción “Interrupción del embarazo por causas naturales o deliberadamente provocadas. Puede constituir eventualmente un delito”. Sabemos que la lengua es el sistema de comunicación propio de las comunidades humanas en el que prevalece la ideología de la clase y del poder dominante. Un claro ejemplo es el machismo propio de nuestra lengua al utilizar el masculino como generalización. Con la explicación de la propia RAE, que rige nuestra lengua, lo que está haciendo es justamente eso, imponer como oficial en nuestra lengua esa acepción de aborto, la que penaliza a las mujeres que lo realicen. Impone la ideología de la clase dominante, convirtiendo esa visión moral del aborto en una verdad para todos asociándola inexorablemente al propio significado de la palabra “aborto”.
El debate sobre el aborto es un debate que viene de lejos, aunque no siempre ha tenido las mismas connotaciones y la misma importancia que se le da ahora, pero siempre es interesante ver cómo ha ido cambiando el pensamiento durante milenios. A lo largo de la Historia han sido muchos los pueblos y las personalidades que han tratado en mayor o menor medida este asunto. Por ejemplo, los egipcios del imperio faraónico parece ser que no estaban a favor de la interrupción del embarazo, en buena medida porque lo consideraban peligroso para la madre. Por su parte Aristóteles no consideraba aborto aquellas interrupciones voluntarias del embarazo que se producían antes de que la madre sintiera por primera vez en su interior los movimientos del bebé. Las que se producían voluntariamente después las calificaba como aborto contra la eticidad. En el siglo XIII, Santo Tomás de Aquino ya se preocupó por discernir cuando el feto adquiría el alma, lo que para él, en línea con la concepción aristotélica, no ocurría hasta que la madre no sintiera sus movimientos. Por lo tanto, no consideraba aborto que la mujer interrumpiera el embarazo antes de ese momento.
Durante la Edad Media y a lo largo de la Edad Moderna se siguió esta consideración tomista del aborto. Por lo tanto, no se castigaban las interrupciones del embarazo acaecidas antes de sentir la madre al bebé en su interior. Las condenas por intentar abortar o conseguirlo tras haberlo sentido fueron haciéndose cada vez más duros aunque los casos documentados son prácticamente inexistentes, debido en gran medida a lo complicado que era detectar un embarazo si la mujer se proponía esconderlo y, por consiguiente, el posterior aborto. En el caso de que los niños naciesen muertos, se podía llegar a especular sobre si había sido por causas naturales o por la intervención intencionada de la madre, en cuyo caso sería considerado un infanticidio.
El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) reclamó este jueves a las Cortes Generales del Estado que impulsen una reforma de la Ley General de Subvenciones para que no se concedan ayudas a las empresas que no respetan la cuota mínima legal de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad, fijada en el 2%.
La Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., (CHJ) ha declarado la situación excepcional por sequía extraordinaria en toda la Demarcación debido a la ausencia continuada de precipitaciones en gran parte de la cuenca. Según los datos recopilados por el Sistema Automático de Información Hidrológica (SAIH), el presente año hidrológico 2023-2024 está siendo el más seco de los últimos 33 años.
El Gobierno está elaborando un real decreto para obligar a las empresas de más de 50 trabajadores a contar con protocolos para garantizar la igualdad de oportunidades de los trabajadores LGTBI y contra la discriminación y el acoso de los mismos, contemplando que, desde la aprobación del texto, el plazo para adoptar estas medidas sea de un año.
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