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Una ley de colegiación debe ser vetada por el poder ejecutivo por ser inconstitucional, señala el diputado Oscar Tuma

Oscar Tuma pide a Horacio Cartes vetar Ley Fascistoide

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Dijo Henry David Thoreau que por cada mil personas atacando las ramas de un problema, hay una sola atacando sus raíces, y la reflexión encaja como anillo al dedo a las ideas de quienes concibieron una conflictiva ley de colegiación en Paraguay.

Aunque la Constitución Nacional de Paraguay es muy clara refiriéndose a la libertad de agremiarse o asociarse con fines lícitos, la ley pretende establecer la obligatoriedad de pertenecer a determinados círculos para ser habilitado en ejercicio de las profesiones.

Las raíces intelectuales de la ley son conocidas por sus nefastos antecedentes, pero ello no parece inmutar a ciertos “luchadores por la libertad”, que tal vez sólo pretenden iniciar una cacería de profesionales retenidos en sus filtros ideológicos.

La idea de que algunos iluminados representan a grupos que los seleccionan es una idea fascista que se llama corporativismo. El corporativismo supone que la participación en la cosa pública parte de la actividad específica que las personas desarrollan en la sociedad; y que, desde esa posición, eligen a los mejores, entre sus iguales, para que los representen.

El diputado Oscar Tuma señala al respecto que “Desde el momento que uno tiene la obligación de formar parte de un gremio, para que este le otorgue la matricula, estamos hablando de hecho totalmente inconstitucional”.

Manifestó que la Constitución Nacional garantiza la libertad que tienen las personas de elegir ser parte o no de un gremio. “Toda persona es libre de asociarse o agremiarse con fines lícitos, así como nadie está obligado a pertenecer a determinada asociación. La forma de colegiación profesional será reglamentada por ley", reza el artículo 42 de la Constitución Nacional.

Aseguró que con la Ley de Colegiación Profesional se está otorgando "superpoderes" a los gremiosy hasta un poder político muy grande.

Reconoció que la intención le parece buena, pero el proyecto aprobado solo puede tener como destino el basurero. Agregó que es más adecuado apuntar a la calidad de la formación que imparten las universidades que a la colegiación.

La Cámara de Diputados no consiguió 53 votos para rechazar la normativa y quedó sancionada. Las complicaciones que la ley podría acarrear en caso de ser promulgada, serían insuperables.

Pordían llover acciones de inconstitucionalidad contra la misma, y como éstas no tienen efecto erga omnes, es decir, no afectan a todos sino solo a quien recurre, muchísimos profesionales podrían presentarlas. Decenas de miles de abogados podrían presentarlas, y estarían forzando a que en muy corto tiempo la ley vuelva a ser modificada.

La ley de pertenencia obligatoria a un gremio o incluso a un partido político fue común durante la dictadura neo nazi de Alfredo Stroessner, cuando se exigía incluso un carnet y afiliación para ejercer la locución o el periodismo.

Con la ley aprobada, ciertos grupos poderosos podrían intervenir de manera indirecta con filtros predecibles. Mussolini basó su régimen en principios corporativistas, como una forma de facilitar el intervencionismo estatista sin alienar a sus bases de apoyo político, que no hubieran aprobado un intervencionismo abiertamente socialista por temor a las revoluciones. Hitler, el nacionalsocialista, hizo lo propio con iguales intenciones.

Ciertos poderes reales que actúan en la sociedad paraguaya, parecen provenir de las mismas raíces intelectuales creyéndose estar por encima de la gente, a la que mantienen adormecida y alienada para lograr sus siniestros propósitos.

Ya lo advirtió el escritor ruso Vasili Grossman, uno de los medios de los que se sirve el fascismo para actuar sobre el hombre es la total, o casi total, ceguera. El hombre no cree que vaya al encuentro de su propia aniquilación. Es sorprendente que aquellos que se encontraban al borde de la tumba fueran tan optimistas.

Oscar Tuma pide a Horacio Cartes vetar Ley Fascistoide

Una ley de colegiación debe ser vetada por el poder ejecutivo por ser inconstitucional, señala el diputado Oscar Tuma
Luis Agüero Wagner
martes, 3 de junio de 2014, 07:17 h (CET)
Dijo Henry David Thoreau que por cada mil personas atacando las ramas de un problema, hay una sola atacando sus raíces, y la reflexión encaja como anillo al dedo a las ideas de quienes concibieron una conflictiva ley de colegiación en Paraguay.

Aunque la Constitución Nacional de Paraguay es muy clara refiriéndose a la libertad de agremiarse o asociarse con fines lícitos, la ley pretende establecer la obligatoriedad de pertenecer a determinados círculos para ser habilitado en ejercicio de las profesiones.

Las raíces intelectuales de la ley son conocidas por sus nefastos antecedentes, pero ello no parece inmutar a ciertos “luchadores por la libertad”, que tal vez sólo pretenden iniciar una cacería de profesionales retenidos en sus filtros ideológicos.

La idea de que algunos iluminados representan a grupos que los seleccionan es una idea fascista que se llama corporativismo. El corporativismo supone que la participación en la cosa pública parte de la actividad específica que las personas desarrollan en la sociedad; y que, desde esa posición, eligen a los mejores, entre sus iguales, para que los representen.

El diputado Oscar Tuma señala al respecto que “Desde el momento que uno tiene la obligación de formar parte de un gremio, para que este le otorgue la matricula, estamos hablando de hecho totalmente inconstitucional”.

Manifestó que la Constitución Nacional garantiza la libertad que tienen las personas de elegir ser parte o no de un gremio. “Toda persona es libre de asociarse o agremiarse con fines lícitos, así como nadie está obligado a pertenecer a determinada asociación. La forma de colegiación profesional será reglamentada por ley", reza el artículo 42 de la Constitución Nacional.

Aseguró que con la Ley de Colegiación Profesional se está otorgando "superpoderes" a los gremiosy hasta un poder político muy grande.

Reconoció que la intención le parece buena, pero el proyecto aprobado solo puede tener como destino el basurero. Agregó que es más adecuado apuntar a la calidad de la formación que imparten las universidades que a la colegiación.

La Cámara de Diputados no consiguió 53 votos para rechazar la normativa y quedó sancionada. Las complicaciones que la ley podría acarrear en caso de ser promulgada, serían insuperables.

Pordían llover acciones de inconstitucionalidad contra la misma, y como éstas no tienen efecto erga omnes, es decir, no afectan a todos sino solo a quien recurre, muchísimos profesionales podrían presentarlas. Decenas de miles de abogados podrían presentarlas, y estarían forzando a que en muy corto tiempo la ley vuelva a ser modificada.

La ley de pertenencia obligatoria a un gremio o incluso a un partido político fue común durante la dictadura neo nazi de Alfredo Stroessner, cuando se exigía incluso un carnet y afiliación para ejercer la locución o el periodismo.

Con la ley aprobada, ciertos grupos poderosos podrían intervenir de manera indirecta con filtros predecibles. Mussolini basó su régimen en principios corporativistas, como una forma de facilitar el intervencionismo estatista sin alienar a sus bases de apoyo político, que no hubieran aprobado un intervencionismo abiertamente socialista por temor a las revoluciones. Hitler, el nacionalsocialista, hizo lo propio con iguales intenciones.

Ciertos poderes reales que actúan en la sociedad paraguaya, parecen provenir de las mismas raíces intelectuales creyéndose estar por encima de la gente, a la que mantienen adormecida y alienada para lograr sus siniestros propósitos.

Ya lo advirtió el escritor ruso Vasili Grossman, uno de los medios de los que se sirve el fascismo para actuar sobre el hombre es la total, o casi total, ceguera. El hombre no cree que vaya al encuentro de su propia aniquilación. Es sorprendente que aquellos que se encontraban al borde de la tumba fueran tan optimistas.

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