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Patxo Palacios

Crónica de una sentencia anunciada

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1 de julio de 2005. Fernando Lamikiz presenta a Zubiaurre como nuevo jugador del Athletic para seis temporadas. La Real denuncia que tiene contrato en vigor.

12 de agosto de 2005. Un juez de la Sala de lo Social da la razón a la Real y afirma que Zubiaurre rompió unilateralmente su contrato. Pide a las partes (Zubiaurre, Athletic y Real) que lleguen a un acuerdo de cantidades.

10 de marzo de 2006. A falta de acuerdo, el juez establece la indemnización a pagar por el futbolista en 5 millones de euros y declara al Athletic responsable civil subsidiario.

18 de octubre de 2006. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ratifica la sentencia anterior.

Y ¿quién se sorprende de esta confirmación de sentencia? Pues los hay por ahí, créanme.

La única carta a la que podía agarrarse la Real contra el Athletic era la “flamante” presentación del expresidente Lamikiz en la sede bilbaína de Ibaigane y a fe que lo ha hecho. La metedura de pata del abogado de Busturia es de las que dejan huella y si a ello le añadimos el hecho de que el tipo es abogado “experto” en responsabilidad civil extracontractual, pues es para darse cabezazos contra la pared.

Los donostiarras no se cortaron ni un pelo desde un principio, exigiendo
30 millones y tres más en concepto de IVA. Ninguno de los tribunales que ha enjuiciado en el caso le ha dado la razón y el precio de la salida de Zubiaurre, en caso de que haya recurso ante el Tribunal Supremo, será un 85% inferior al que marcaba su cláusula, considerada abusiva, con justicia.

Pero es que todavía podía haber sido peor para el Athletic. El Reglamento sobre el Estatuto y Transferencia de Jugadores de la FIFA establece en su artículo 17.4 que “además del pago de una indemnización, deberán imponerse sanciones deportivas a cualquier club que firme un contrato con un jugador profesional que haya rescindido su contrato sin causa justificada, considerándose – salvo prueba en contrario – que el nuevo club ha sido inductor de esa rescisión de contrato”. Esas sanciones consistirían en la prohibición de inscripción de nuevos jugadores durante dos períodos de inscripción, que en este caso no se han impuesto.

Así, la presentación pública de Zubiaurre, con acuerdo ya cerrado, entraba de plano en este supuesto.

Las pseudoexplicaciones de Lamikiz de que el vínculo con el Athletic se supeditaba a la desvinculación de Zubiaurre de la Real y que ellos estaban al margen y convencidos de que llegaba libre pues así se lo había transmitido el entorno del jugador, no puede eximir de ninguna manera la imprudencia temeraria en el proceder del presidente bilbaíno.

5 millones de euros es una pasta para cualquiera, y la van a pagar a escote los sufridos socios y abonados del centenario Athletic Club. Motivo más que suficiente para haber presentado la dimisión en cuanto estalló el caso y no por otros motivos, año y pico después.

Por otro lado, era ciertamente chocante observar alivio y hasta alegría contenida en las declaraciones del padre del chaval y de su abogado Guillermo Alonso Olarra al valorar la sentencia. Parece que tienen bastante claro que papá Athletic, pese a ser responsable subsidiario, ejercerá de responsable directo.

Veremos. De momento, seguimos esperando una valoración oficial del club a la sentencia.

Crónica de una sentencia anunciada

Patxo Palacios
Patxo Palacios
viernes, 20 de octubre de 2006, 22:05 h (CET)
1 de julio de 2005. Fernando Lamikiz presenta a Zubiaurre como nuevo jugador del Athletic para seis temporadas. La Real denuncia que tiene contrato en vigor.

12 de agosto de 2005. Un juez de la Sala de lo Social da la razón a la Real y afirma que Zubiaurre rompió unilateralmente su contrato. Pide a las partes (Zubiaurre, Athletic y Real) que lleguen a un acuerdo de cantidades.

10 de marzo de 2006. A falta de acuerdo, el juez establece la indemnización a pagar por el futbolista en 5 millones de euros y declara al Athletic responsable civil subsidiario.

18 de octubre de 2006. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ratifica la sentencia anterior.

Y ¿quién se sorprende de esta confirmación de sentencia? Pues los hay por ahí, créanme.

La única carta a la que podía agarrarse la Real contra el Athletic era la “flamante” presentación del expresidente Lamikiz en la sede bilbaína de Ibaigane y a fe que lo ha hecho. La metedura de pata del abogado de Busturia es de las que dejan huella y si a ello le añadimos el hecho de que el tipo es abogado “experto” en responsabilidad civil extracontractual, pues es para darse cabezazos contra la pared.

Los donostiarras no se cortaron ni un pelo desde un principio, exigiendo
30 millones y tres más en concepto de IVA. Ninguno de los tribunales que ha enjuiciado en el caso le ha dado la razón y el precio de la salida de Zubiaurre, en caso de que haya recurso ante el Tribunal Supremo, será un 85% inferior al que marcaba su cláusula, considerada abusiva, con justicia.

Pero es que todavía podía haber sido peor para el Athletic. El Reglamento sobre el Estatuto y Transferencia de Jugadores de la FIFA establece en su artículo 17.4 que “además del pago de una indemnización, deberán imponerse sanciones deportivas a cualquier club que firme un contrato con un jugador profesional que haya rescindido su contrato sin causa justificada, considerándose – salvo prueba en contrario – que el nuevo club ha sido inductor de esa rescisión de contrato”. Esas sanciones consistirían en la prohibición de inscripción de nuevos jugadores durante dos períodos de inscripción, que en este caso no se han impuesto.

Así, la presentación pública de Zubiaurre, con acuerdo ya cerrado, entraba de plano en este supuesto.

Las pseudoexplicaciones de Lamikiz de que el vínculo con el Athletic se supeditaba a la desvinculación de Zubiaurre de la Real y que ellos estaban al margen y convencidos de que llegaba libre pues así se lo había transmitido el entorno del jugador, no puede eximir de ninguna manera la imprudencia temeraria en el proceder del presidente bilbaíno.

5 millones de euros es una pasta para cualquiera, y la van a pagar a escote los sufridos socios y abonados del centenario Athletic Club. Motivo más que suficiente para haber presentado la dimisión en cuanto estalló el caso y no por otros motivos, año y pico después.

Por otro lado, era ciertamente chocante observar alivio y hasta alegría contenida en las declaraciones del padre del chaval y de su abogado Guillermo Alonso Olarra al valorar la sentencia. Parece que tienen bastante claro que papá Athletic, pese a ser responsable subsidiario, ejercerá de responsable directo.

Veremos. De momento, seguimos esperando una valoración oficial del club a la sentencia.

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