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Del 5% de la electricidad pendiente de suministro

La oferta anual de la luz tendrá una penalización si se rescinde el contrato

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La nueva oferta anual obligatoria de electricidad que deberán presentar las comercializadoras tendrá una penalización en caso de que el consumidor desee rescindirla de forma anticipada, cosa que no ocurrirá con el nuevo Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC), en el que el usuario podrá cambiar de comercializadora sin coste alguno.

Esta novedad aparece en el real decreto 216/2014, publicado este sábado en el BOE y con el que se establece el nuevo mecanismo de revisión de precios de la electricidad para los consumidores domésticos.

La norma indica que, en caso de que el consumidor rescindiera de forma unilateral el contrato con el precio fijo anual antes de su finalización, sufrirá penalizaciones máximas equivalentes al 5% del precio de la energía pendiente de suministro.

Las ofertas anuales, que se presentan como una alternativa más estable al nuevo mecanismo de precios, deberán anunciarse por parte de las comercializadoras antes del 15 de abril, según la disposición transitoria segunda del real decreto.

Por otro lado, el real decreto fija un periodo de adaptación de tres meses, hasta el 1 de julio, para la entrada en vigor del nuevo mecanismo de facturación. Al margen de la oferta anual, se facturará en función del consumo realizado conforme a la media del mercado, en el caso de los consumidores con contadores analógicos, o en función del precio de mercado de cada hora, si hay un contador digital.

En todo caso, la disposición adicional quinta del real decreto indica que la entrada en vigor del mecanismo para los contadores digitales quedará condicionada a la publicación de una resolución de la Secretaría de Estado de Energía, para la que no se fijan plazos.

Dentro de los plazos generales para el nuevo mecanismo se indica que, a partir del 1 de julio, la comercializadoras deberán remitir a cada cliente el contrato para su suscripción con una antelación mínima de un mes.

En su artículo 16, el nuevo real decreto establece el descuento para los consumidores del bono social, que será del 25% con respecto al PVPC. Estos consumidores disfrutarán de una tarifa de último recurso, más ventajosa que la del resto.

El real decreto indica además que, en el plazo de un mes, Red Eléctrica de España (REE) deberá remitir a Industria una propuesta de revisión de los procedimientos de operación del sistema.

Antes del 15 de mayo, la devolución
La disposición transitoria cuarta señala además que, antes del 15 de mayo, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) dará a conocer el importe que se deberá devolver a los consumidores, después de que el precio del mercado eléctrico haya sido en el primer trimestre inferior al establecido por el Gobierno para ese periodo.

El ministro de Industria, José Manuel Soria, indicó ayer tras el Consejo de Ministros que, en total, las comercializadoras deberán devolver 300 millones de euros a los consumidores domésticos.

La oferta anual de la luz tendrá una penalización si se rescinde el contrato

Del 5% de la electricidad pendiente de suministro
Redacción
sábado, 29 de marzo de 2014, 09:57 h (CET)
La nueva oferta anual obligatoria de electricidad que deberán presentar las comercializadoras tendrá una penalización en caso de que el consumidor desee rescindirla de forma anticipada, cosa que no ocurrirá con el nuevo Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC), en el que el usuario podrá cambiar de comercializadora sin coste alguno.

Esta novedad aparece en el real decreto 216/2014, publicado este sábado en el BOE y con el que se establece el nuevo mecanismo de revisión de precios de la electricidad para los consumidores domésticos.

La norma indica que, en caso de que el consumidor rescindiera de forma unilateral el contrato con el precio fijo anual antes de su finalización, sufrirá penalizaciones máximas equivalentes al 5% del precio de la energía pendiente de suministro.

Las ofertas anuales, que se presentan como una alternativa más estable al nuevo mecanismo de precios, deberán anunciarse por parte de las comercializadoras antes del 15 de abril, según la disposición transitoria segunda del real decreto.

Por otro lado, el real decreto fija un periodo de adaptación de tres meses, hasta el 1 de julio, para la entrada en vigor del nuevo mecanismo de facturación. Al margen de la oferta anual, se facturará en función del consumo realizado conforme a la media del mercado, en el caso de los consumidores con contadores analógicos, o en función del precio de mercado de cada hora, si hay un contador digital.

En todo caso, la disposición adicional quinta del real decreto indica que la entrada en vigor del mecanismo para los contadores digitales quedará condicionada a la publicación de una resolución de la Secretaría de Estado de Energía, para la que no se fijan plazos.

Dentro de los plazos generales para el nuevo mecanismo se indica que, a partir del 1 de julio, la comercializadoras deberán remitir a cada cliente el contrato para su suscripción con una antelación mínima de un mes.

En su artículo 16, el nuevo real decreto establece el descuento para los consumidores del bono social, que será del 25% con respecto al PVPC. Estos consumidores disfrutarán de una tarifa de último recurso, más ventajosa que la del resto.

El real decreto indica además que, en el plazo de un mes, Red Eléctrica de España (REE) deberá remitir a Industria una propuesta de revisión de los procedimientos de operación del sistema.

Antes del 15 de mayo, la devolución
La disposición transitoria cuarta señala además que, antes del 15 de mayo, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) dará a conocer el importe que se deberá devolver a los consumidores, después de que el precio del mercado eléctrico haya sido en el primer trimestre inferior al establecido por el Gobierno para ese periodo.

El ministro de Industria, José Manuel Soria, indicó ayer tras el Consejo de Ministros que, en total, las comercializadoras deberán devolver 300 millones de euros a los consumidores domésticos.

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