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Cabe recurso en los próximos 15 días ante el Tribunal Administrativo del Deporte español

La Federación Española absuelve a Marta Domínguez

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El Comité de Disciplina Deportiva de la Real Federación Española de Atletismo (RFEA) ha absuelto a la atleta Marta Domínguez de la acusación de supuesta vulneración de la normativa antidopaje formulada por la Federación Internacional (IAFF), según han confirmado fuentes cercanas a la atleta a Europa Press.

La resolución del Comité de Disciplina Deportiva de la RFEA, que fue recibida este mismo jueves por el abogado de la excorredora palentina, el exciclista José Rodríguez, llega después de ocho meses de procedimiento, pero no es firme, ya que contra ella cabe presentar un recurso ante el Tribunal Administrativo del Deporte, antiguo Comité Español de Disciplina Deportiva, dependiente del CSD.

En el fallo del órgano disciplinario de la Federación Española de Atletismo se señala que existen "explicaciones alternativas" al pasaporte biológico y que debe "prevalecer la presunción de inocencia" de Marta Domínguez, indicaron a Europa Press las mismas fuentes.

Según informa la edición digital de 'El Mundo', dicha resolución asume hasta 13 argumentos esgrimidos por la defensa de la atleta, entre ellos el hipotiroidismo subclínico que fue detectado a la palentina un año antes de la apertura del expediente por dopaje y que podría explicar las variaciones hematológicas en su pasaporte biológico.

Asimismo, el Comité considera que, una vez vistos los informes presentados por la IAAF, la RFEA, la propia Marta Domínquez y otro "independiente" no se puede concluir que la campeona del mundo de 3.000 metros obstáculos en 2009 consumiera EPO.

De esta forma, queda en suspenso la sanción de cuatro años por dopaje que solicitaba la IAAF por las anomalías que, según ella, presentaba el pasaporte biológico de la actual senadora del Partido Popular por Palencia. No obstante, la Federación Internacional podría llevar el caso hasta el Tribunal Administrativo del Deporte (TAS) en Lausana (Suiza).

Dichas anomalías figuran ya en el reglamento de la nueva Ley Antidopaje, que entró en vigor el pasado mes de julio de 2013, pero que el Comité de Disciplina de la Federación Española no las podía aplicar sobre unos hechos que se remontan al periodo entre agosto de 2009 y enero de 2013.

Fuentes de la RFEA indicaron a Europa Press haber conocido el fallo sobre la exvicepresidenta de dicho organismo a través de la prensa, ya que dicha resolución del Comité de Disciplina se entrega "a las partes interesadas". "La Federación ni afirma ni desmiente lo publicado en los medios", agregaron.

La Federación Española absuelve a Marta Domínguez

Cabe recurso en los próximos 15 días ante el Tribunal Administrativo del Deporte español
Redacción
jueves, 20 de marzo de 2014, 15:47 h (CET)
El Comité de Disciplina Deportiva de la Real Federación Española de Atletismo (RFEA) ha absuelto a la atleta Marta Domínguez de la acusación de supuesta vulneración de la normativa antidopaje formulada por la Federación Internacional (IAFF), según han confirmado fuentes cercanas a la atleta a Europa Press.

La resolución del Comité de Disciplina Deportiva de la RFEA, que fue recibida este mismo jueves por el abogado de la excorredora palentina, el exciclista José Rodríguez, llega después de ocho meses de procedimiento, pero no es firme, ya que contra ella cabe presentar un recurso ante el Tribunal Administrativo del Deporte, antiguo Comité Español de Disciplina Deportiva, dependiente del CSD.

En el fallo del órgano disciplinario de la Federación Española de Atletismo se señala que existen "explicaciones alternativas" al pasaporte biológico y que debe "prevalecer la presunción de inocencia" de Marta Domínguez, indicaron a Europa Press las mismas fuentes.

Según informa la edición digital de 'El Mundo', dicha resolución asume hasta 13 argumentos esgrimidos por la defensa de la atleta, entre ellos el hipotiroidismo subclínico que fue detectado a la palentina un año antes de la apertura del expediente por dopaje y que podría explicar las variaciones hematológicas en su pasaporte biológico.

Asimismo, el Comité considera que, una vez vistos los informes presentados por la IAAF, la RFEA, la propia Marta Domínquez y otro "independiente" no se puede concluir que la campeona del mundo de 3.000 metros obstáculos en 2009 consumiera EPO.

De esta forma, queda en suspenso la sanción de cuatro años por dopaje que solicitaba la IAAF por las anomalías que, según ella, presentaba el pasaporte biológico de la actual senadora del Partido Popular por Palencia. No obstante, la Federación Internacional podría llevar el caso hasta el Tribunal Administrativo del Deporte (TAS) en Lausana (Suiza).

Dichas anomalías figuran ya en el reglamento de la nueva Ley Antidopaje, que entró en vigor el pasado mes de julio de 2013, pero que el Comité de Disciplina de la Federación Española no las podía aplicar sobre unos hechos que se remontan al periodo entre agosto de 2009 y enero de 2013.

Fuentes de la RFEA indicaron a Europa Press haber conocido el fallo sobre la exvicepresidenta de dicho organismo a través de la prensa, ya que dicha resolución del Comité de Disciplina se entrega "a las partes interesadas". "La Federación ni afirma ni desmiente lo publicado en los medios", agregaron.

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