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Debía salir de prisión en el 2022

La Audiencia deja en libertad al violador del ascensor nueve años antes

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La Audiencia de Burgos ha resuelto este jueves a favor de la excarcelación de Pedro Luis Gallego, conocido por el 'violador del ascensor' y condenado por la muerte y violación de las jóvenes Marta Obregón y Leticia Lebrato, que se hará efectiva en las próximas horas, según información facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

La Sala de lo Penal de esta Audiencia, reunida este jueves, ha acordado esta medida por unanimidad, después de haber conocido el informe favorable del Ministerio Fiscal, tras la reciente sentencia del Tribunal de Estrasburgo que anula la aplicación en España de la Doctrina Parot, y la interpretación aportada por el Tribunal Supremo sobre cómo aplicar esta sentencia del tribunal europeo.

El auto que notifica la excarcelación del conocido como violador del ascensor señala que ha quedado sin efecto la doctrina Parot por la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos del pasado 21 de Octubre, por lo que procede "otorgar el licenciamiento definitivo al penado en el cumplimiento de las penas acumuladas que se encontraba extinguiendo en la presente causa, y ello con efectos desde la fecha 16 de agosto de 2011".

Tal y como ha señalado el Tribunal Supremo, esta resolución podrá ser recurrida en casación por las partes personadas ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, a pesar de la inmediata excarcelación del preso.

El mismo Tribunal Supremo es el que en marzo de 2012, por unaniminad de sus cinco magistrados, acordó aplicar la denominada 'doctrina Parot' sobre reducción de penas por beneficios penitenciarios a Pedro Luis Gallego, quien entonces llevaba 20 años años cumpliendo una condena de 273 años, y aplazó su salida de la cárcel hasta 2022.

El acuerdo de la Sala suponía el rechazo del recurso interpuesto por el abogado de Gallego en contra el auto de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Burgos de fecha 13 de junio de 2011, que denegó su inmediata puesta en libertad y acordó mantener como fecha de cumplimiento de las penas a él impuestas y acumuladas la del 9 de noviembre de 2022, tal y como se indicaba en una auto anterior de esta misma sala de fecha 6 de agosto de 1997.

El recurrente solicitaba una nueva liquidación de la condena con el fin de descontar los periodos en los que el penado estuvo en privisión provisional por cada una de las causas acumuladas, si bien el TS no sólo desestimó entonces su pretensión sino que, además, resolvió condenarle en costas.

Pedro Luis Gallego está condenado por el asesinato de la joven burgalesa Marta Obregón en 1993, la muerte de la joven vallisoletana Leticia Lebrato en 1992 y 18 violaciones más.

La Audiencia deja en libertad al violador del ascensor nueve años antes

Debía salir de prisión en el 2022
Redacción
jueves, 14 de noviembre de 2013, 14:48 h (CET)
La Audiencia de Burgos ha resuelto este jueves a favor de la excarcelación de Pedro Luis Gallego, conocido por el 'violador del ascensor' y condenado por la muerte y violación de las jóvenes Marta Obregón y Leticia Lebrato, que se hará efectiva en las próximas horas, según información facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

La Sala de lo Penal de esta Audiencia, reunida este jueves, ha acordado esta medida por unanimidad, después de haber conocido el informe favorable del Ministerio Fiscal, tras la reciente sentencia del Tribunal de Estrasburgo que anula la aplicación en España de la Doctrina Parot, y la interpretación aportada por el Tribunal Supremo sobre cómo aplicar esta sentencia del tribunal europeo.

El auto que notifica la excarcelación del conocido como violador del ascensor señala que ha quedado sin efecto la doctrina Parot por la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos del pasado 21 de Octubre, por lo que procede "otorgar el licenciamiento definitivo al penado en el cumplimiento de las penas acumuladas que se encontraba extinguiendo en la presente causa, y ello con efectos desde la fecha 16 de agosto de 2011".

Tal y como ha señalado el Tribunal Supremo, esta resolución podrá ser recurrida en casación por las partes personadas ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, a pesar de la inmediata excarcelación del preso.

El mismo Tribunal Supremo es el que en marzo de 2012, por unaniminad de sus cinco magistrados, acordó aplicar la denominada 'doctrina Parot' sobre reducción de penas por beneficios penitenciarios a Pedro Luis Gallego, quien entonces llevaba 20 años años cumpliendo una condena de 273 años, y aplazó su salida de la cárcel hasta 2022.

El acuerdo de la Sala suponía el rechazo del recurso interpuesto por el abogado de Gallego en contra el auto de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Burgos de fecha 13 de junio de 2011, que denegó su inmediata puesta en libertad y acordó mantener como fecha de cumplimiento de las penas a él impuestas y acumuladas la del 9 de noviembre de 2022, tal y como se indicaba en una auto anterior de esta misma sala de fecha 6 de agosto de 1997.

El recurrente solicitaba una nueva liquidación de la condena con el fin de descontar los periodos en los que el penado estuvo en privisión provisional por cada una de las causas acumuladas, si bien el TS no sólo desestimó entonces su pretensión sino que, además, resolvió condenarle en costas.

Pedro Luis Gallego está condenado por el asesinato de la joven burgalesa Marta Obregón en 1993, la muerte de la joven vallisoletana Leticia Lebrato en 1992 y 18 violaciones más.

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