Siglo XXI. Diario digital independiente, plural y abierto. Noticias y opinión
Viajes y Lugares Tienda Siglo XXI Grupo Siglo XXI
21º ANIVERSARIO
Fundado en noviembre de 2003
Empresas
Etiquetas

El concurso express para empresas, una solución económica en situaciones de insolvencia

|

BCNABOGADOS, especialistas en concursos de acreedores, apuesta por esta solución para empresas sin activo

El artículo 176 bis 4 de la Ley Concursal establece “… podrá acordarse la conclusión del concurso por insuficiencia de masa en el mismo auto de declaración del concurso cuando el juez aprecie de manera evidente que el patrimonio del concursado no será presumiblemente suficiente para la satisfacción de los previsibles créditos contra la masa del procedimiento ni es previsible el ejercicio de acción de reintegración, de impugnación o de responsabilidad de terceros…”.


En estos supuestos el Juzgado a solicitud del letrado del concursado dicta Auto de declaración y conclusión en la misma resolución y extingue la sociedad, cerrando la hoja registral.


Dicha declaración y conclusión se publica en el BOE y se inscribe el cierre en el Registro Público concursal.


A diferencia del resto de concursos de acreedores, no se nombra administrador concursal ni se abre la fase común ni de liquidación por lo que la duración del procedimiento es mucho mas corta y al no haber tampoco fase de calificación se evita el riesgo de que se derive responsabilidad para el administrador, como sucede en otro tipos de concursos.


Esta opción abarata costes, evita responsabilidades y acorta plazos de forma considerable pero la solicitud debe estar bien planteada y documentada con el fin de que el juez pueda apreciar la insuficiencia de masa activa para dar paso a la conclusión directa.


BCNABOGADOS apuesta por esta opción ofreciendo una tarifa plana de 3.000 euros.


EDICTO


Don xxxxxxxxx, Letrado de la Administración de Justicia del juzgado de lo mercantil nº 3 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),


ANUNCIA


1º Que en el procedimiento Concurso Abreviado xxxx por auto de fecha 27 de septiembre de 2019 se ha acordado la declaración del concurso y simultáneamente la conclusión y archivo del mismo referente a la mercantil xxxxxxx., con CIF xxxxxxxsin que proceda nombramiento de Administración concursal ni apertura de las secciones concursales, ni llamamiento de acreedores.


2º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción.


Madrid, 27 de septiembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, xxxxxx.


Mas información: www.bcnabogados.es


Teléfono 93.201.40.00


El concurso express para empresas, una solución económica en situaciones de insolvencia

Comunicae
miércoles, 13 de noviembre de 2019, 15:32 h (CET)
BCNABOGADOS, especialistas en concursos de acreedores, apuesta por esta solución para empresas sin activo

El artículo 176 bis 4 de la Ley Concursal establece “… podrá acordarse la conclusión del concurso por insuficiencia de masa en el mismo auto de declaración del concurso cuando el juez aprecie de manera evidente que el patrimonio del concursado no será presumiblemente suficiente para la satisfacción de los previsibles créditos contra la masa del procedimiento ni es previsible el ejercicio de acción de reintegración, de impugnación o de responsabilidad de terceros…”.


En estos supuestos el Juzgado a solicitud del letrado del concursado dicta Auto de declaración y conclusión en la misma resolución y extingue la sociedad, cerrando la hoja registral.


Dicha declaración y conclusión se publica en el BOE y se inscribe el cierre en el Registro Público concursal.


A diferencia del resto de concursos de acreedores, no se nombra administrador concursal ni se abre la fase común ni de liquidación por lo que la duración del procedimiento es mucho mas corta y al no haber tampoco fase de calificación se evita el riesgo de que se derive responsabilidad para el administrador, como sucede en otro tipos de concursos.


Esta opción abarata costes, evita responsabilidades y acorta plazos de forma considerable pero la solicitud debe estar bien planteada y documentada con el fin de que el juez pueda apreciar la insuficiencia de masa activa para dar paso a la conclusión directa.


BCNABOGADOS apuesta por esta opción ofreciendo una tarifa plana de 3.000 euros.


EDICTO


Don xxxxxxxxx, Letrado de la Administración de Justicia del juzgado de lo mercantil nº 3 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),


ANUNCIA


1º Que en el procedimiento Concurso Abreviado xxxx por auto de fecha 27 de septiembre de 2019 se ha acordado la declaración del concurso y simultáneamente la conclusión y archivo del mismo referente a la mercantil xxxxxxx., con CIF xxxxxxxsin que proceda nombramiento de Administración concursal ni apertura de las secciones concursales, ni llamamiento de acreedores.


2º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción.


Madrid, 27 de septiembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, xxxxxx.


Mas información: www.bcnabogados.es


Teléfono 93.201.40.00


Noticias relacionadas

Este estudio ha sido administrado sistémicamente en combinación con quimioterapia para el adenocarcinoma pancreático ductal, en la Reunión Anual de la Sociedad Americana de Oncología Clínica (ASCO) de 2024 Theriva™ Biologics (NYSE American: TOVX), una empresa diversificada de fase clínica que desarrolla terapias diseñadas para tratar el cáncer y enfermedades relacionadas en áreas de gran carencia, ha anunciado hoy que, basándose en la solidez de la ciencia y su relevancia, VIRAGE —el ensayo clínico de fase 2b, aleatorizado, abierto, controlado con placebo y multicéntrico de VCN-01 administrado sistémicamente en combinación con quimioterapia de tratamiento estándar (gemcitabina/nab-paclitaxel) como tratamiento de primera línea para pacientes con adenocarcinoma ductal pancreático (PDAC) metastásico de diagnóstico reciente, ha sido aceptado para su presentación como póster de ensayo en curso en la Reunión Anual de la Sociedad Americana de Oncología Clínica (ASCO) de 2024, que se celebrará en Chicago, Illinois, del 31 de mayo al 4 de junio.

Además, la cafetería invita a los clientes a disfrutar de un "brunch" innovador y una selección de bollería moderna, mientras que la cervecería y sidrería es el lugar perfecto para relajarse después del trabajo con raciones generosas y una excelente selección de cervezas y sidras.

La Mesa Territorial Afepadi tiene la misión de apoyar a las empresas del sector para la consecución de una industria más fuerte y la aplicación armonizada de la normativa en todas las comunidades autónomas La Asociación española de complementos alimenticios (Afepadi) ha celebrado la primera reunión de la Mesa Territorial Afepadi, una iniciativa para promover el diálogo y la colaboración, en el ámbito autonómico, entre los agentes clave del sector de la producción y la comercialización de complementos alimenticios.

 
Quiénes somos  |   Sobre nosotros  |   Contacto  |   Aviso legal  |   Suscríbete a nuestra RSS Síguenos en Linkedin Síguenos en Facebook Síguenos en Twitter   |  
© Diario Siglo XXI. Periódico digital independiente, plural y abierto | Director: Guillermo Peris Peris
© Diario Siglo XXI. Periódico digital independiente, plural y abierto