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El que desconvoca, se equivoca
Daniel Lázaro
Tendremos que esperar mucho para comprobar el veredicto final sobre la Supercopa de España, tras la admisión a trámite por parte del Comité de Apelación, segundo paso posible tras el tímido rechazo sufrido en el Comité de Competición. Y digo tímido porque en este comité votan tres personas y una estaba en contra de la decisión de sus compañeros. Así lo declaró Enrique Arnaldo en el mismo informe en el que Competición desestimaba el recurso espanyolista.
El caso es que leyendo ese informe y los estatutos sobre la transferencia de jugadores de la FIFA, cada vez me queda más claro que el Espanyol lleva razón. La RFEF y el FC Barcelona se amparan en que tanto Xavi como Puyol fueron desconvocados tras comprobar sus lesiones, pero la verdad es que el término ‘desconvocar’ no aparece en estos estatutos internacionales. Los estatutos, en su primer anexo restringen la posibilidad de jugar para el club a ‘cinco días en caso de que, por cualquier motivo, el jugador en cuestión no haya querido o podido cumplir la convocatoria’. Xavi y Puyol no pudieron cumplir la convocatoria del Islandia-España y por tanto no podían disputar partido con su club hasta el domingo, fecha en la que se disputó el partido de vuelta, por lo que la alineación del Barcelona en el Camp Nou fue indebida.
Otro punto en el que se basó Competición para desestimar la petición del Espanyol fue el precedente de 2004 en el Osasuna-Mallorca. Los navarros cayeron en el mismo error alineando a John Aloisi tras perderse un Venezuela-Australia. Competición se mostró incompetente y Apelación dictó a favor de Osasuna, que poseía notificación sobre la ‘desconvocación’ –como dije, este término no aparece en ningún lado- y el Mallorca no quiso seguir apelando más allá del CEDD porque no iba a obtener nada positivo. Pero digo yo que si una vez hemos fallado en una decisión, no debemos seguir fallando más veces por el mero hecho de no contradecir otras decisiones anteriores. O quizá sí, ya saben aquello de caer dos veces en la misma piedra.
Y aunque parezca injusto, la infracción cometida por el Barça le debe desposeer del título, asignando el mismo al Espanyol como dice el artículo 104 de los estatutos federativos. La verdad es que el encuentro de vuelta no debería ni siquiera haberse disputado según este mismo artículo, pero ya conocemos la rapidez con la que la justicia se hace ver. Esta gran velocidad en dictar sentencias puede provocar –debería ser así- que una copa de campeones tenga que viajar desde las vitrinas del Mini Estadi a las de Sant Adrià, lo quieran o no.
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