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Etiquetas | caso Campeón | José Blanco | PSOE
El alto tribunal considera que no hay soporte para probar un delito de tráfico de influencias

El Supremo archiva las actuaciones contra Blanco por el "caso Campeón"

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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de la defensa del exministro de Fomento José Blanco y ha acordado archivar las actuaciones que se tramitaban contra el mandatario del PSOE por un delito de tráfico de influencias en el denominado "caso Campeón".

El juez instructor en el Tribunal Supremo, José Ramón Soriano, había propuesto formalmente el pasado 11 de junio a la Sala de lo Penal del alto tribunal que tramitara el suplicatorio al Congreso de los Diputados para juzgar al exministro de Fomento José Blanco por un delito de tráfico de influencias.

José Blanco. / Foto: Archivo.
José Blanco. / Foto: Archivo.

Consideraba el instructor que el exministro socialista "intervino notoriamente", si bien a través de terceros, para llegar al alcalde de Sant Boi de Llobregat (Barcelona)  al objeto de que tratara de otorgar una licencia para la reforma de una nave a la empresa Azkar, cuyo vicepresidente es su "amigo personal" José Antonio Orozco, "sin necesidad de llevar a cabo alteraciones en el proyecto" que éste le había presentado "evitándole así desembolsar importantes cantidades".

La influencia de Blanco para la obtención de la licencia ambiental favorable para la empresa Orozco se articuló según la instrucción, respaldada por la Fiscalía, a través del Secretario de Transportes del Ministerio de Fomento, Isaías Taboas, miembro del mismo partido político que el del Alcalde de Sant Boi, que es el PSC.

CARECE DE SOPORTE PROBATORIO
La Sala de lo Penal considera, sin embargo, que "la causalidad entre la gestión de la entrevista y la modificación" que se obró después en los informes municipales para la concesión de la licencia "carece de soporte probatorio".

El tribunal integrado por los magistrados Carlos Granados, Joaquín Giménez y Andrés Martínez Arrieta considera de forma unánime que de la intervención telefónica de las conversaciones entre Blanco y el empresario Orozco "sólo resulta la gestión de la entrevista, y quienes han intervenido en el expediente han justificado los criterios técnicos empleados en su adopción".

Así, concluye que "mediar para convenir una entrevista entre un alcalde y un particular que actúa en interés propio de una empresa, sin sugerir ni ofrecer una alteración de la resolución ", no cubre la tipicidad del delito de tráfico de influencias, por lo que procede estimar la apelación y archivar el caso, ya que éste era el único delito que subsistía en la instrucción judicial, tras descartarse el cohecho.

El auto notificado este jueves por el Supremo critica que el juez Soriano calificara el informe técnico que finalmente se realizó sobre la nave -instalada muy cerca del aeropuerto de El Prat- de "injustificado y sorprendente" al considerar que esta conclusión carece de base tras las pruebas practicadas.

Añade que los hechos se limitan a que Blanco solicitó a través de un secretario de Estado de su Ministerio que un alcalde, "que no tiene competencia directa para la concesión de licencias de funcionamiento industrial de naves", recibiera a un empresario cuyo interés era poner de manifiesto un retraso en la tramitación y unos errores en el expediente que le urge subsanar.

"Esos hechos no son subsumibles en el tipo penal de tráfico de influencias", sentencia el alto tribunal, y añade que para que lo fueran se requiere "predominio o fuerza moral sobre un sujeto pasivo de manera que su resolución o actuación sea debida a la presión ejercida", lo que no se da en este caso. Tampoco encuentra que Blanco actuara con "abuso de la situación de superioridad" ejerciendo una "presión impropia el cargo".

POSICIÓN DE LA FISCALÍA
La decisión de este jueves y el archivo de la causa son contrarios a la posición de la Fiscalía, que en su día llegó a afirmar que el cumplimiento de los requerimientos municipales le habrían supuesto a Azkar un coste económico de 175.000 o de 500.000 euros.

Las gestiones de Blanco, según la Fiscalía, habrían servido para que se cambiara la nomenclatura formal de la actividad para la que se solicitaba la licencia sin variar su objeto, de forma que con ello AZKAR ya no tendría que hacer frente a los costes económicos derivados del cumplimiento de los requerimientos municipales anteriores. Por otro lado, se excluyó de la licencia la autorización del parking.

CONVERSACIONES
Entre las comunicaciones intervenidas, la Fiscalía destacaba una entre Orozco y un empleado de su empresa, de 15 de diciembre de 2010, en la que el empresario señala que "van a presionar por todas las vías" para conseguir su propósito porque "tiene maneras" para "buscarle la vuelta" al alcalde de Sant Boi. Días más tarde señala a este empleado: ""Voy, voy a, voy a llamar al Pepe Blanco a ver si manda algo allí o allí van por libre o como carallo hacen".

En la causa constan otras conversaciones entre Blanco y Orozco, concretamente del 30 de diciembre de ese año, en las que el exministro contesta a su amigo sobre este asunto: "Yo hablo con ellos, no te preocupes eh". Posteriormente a esta conversación, el empresario reconoce a uno de los suyos que en el Ayuntamiento les han confeccionado "hasta el escrito de alegaciones" que había que presentar por el asunto de la licencia.

El 10 de febrero de 2011, tras obtener su reunión con el alcalde, el vicepresidente de Azkar comentó a otro subordinado por teléfono que "siempre es bueno tener un amigo en el Gobierno de tu país". Finalmente, en fecha 10 marzo 2011, Orozco le agradeció a Blanco su actuación mediante un SMS, según destacaba el Ministerio Público.

El Supremo archiva las actuaciones contra Blanco por el "caso Campeón"

El alto tribunal considera que no hay soporte para probar un delito de tráfico de influencias
Redacción
jueves, 18 de julio de 2013, 13:18 h (CET)
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de la defensa del exministro de Fomento José Blanco y ha acordado archivar las actuaciones que se tramitaban contra el mandatario del PSOE por un delito de tráfico de influencias en el denominado "caso Campeón".

El juez instructor en el Tribunal Supremo, José Ramón Soriano, había propuesto formalmente el pasado 11 de junio a la Sala de lo Penal del alto tribunal que tramitara el suplicatorio al Congreso de los Diputados para juzgar al exministro de Fomento José Blanco por un delito de tráfico de influencias.

José Blanco. / Foto: Archivo.
José Blanco. / Foto: Archivo.

Consideraba el instructor que el exministro socialista "intervino notoriamente", si bien a través de terceros, para llegar al alcalde de Sant Boi de Llobregat (Barcelona)  al objeto de que tratara de otorgar una licencia para la reforma de una nave a la empresa Azkar, cuyo vicepresidente es su "amigo personal" José Antonio Orozco, "sin necesidad de llevar a cabo alteraciones en el proyecto" que éste le había presentado "evitándole así desembolsar importantes cantidades".

La influencia de Blanco para la obtención de la licencia ambiental favorable para la empresa Orozco se articuló según la instrucción, respaldada por la Fiscalía, a través del Secretario de Transportes del Ministerio de Fomento, Isaías Taboas, miembro del mismo partido político que el del Alcalde de Sant Boi, que es el PSC.

CARECE DE SOPORTE PROBATORIO
La Sala de lo Penal considera, sin embargo, que "la causalidad entre la gestión de la entrevista y la modificación" que se obró después en los informes municipales para la concesión de la licencia "carece de soporte probatorio".

El tribunal integrado por los magistrados Carlos Granados, Joaquín Giménez y Andrés Martínez Arrieta considera de forma unánime que de la intervención telefónica de las conversaciones entre Blanco y el empresario Orozco "sólo resulta la gestión de la entrevista, y quienes han intervenido en el expediente han justificado los criterios técnicos empleados en su adopción".

Así, concluye que "mediar para convenir una entrevista entre un alcalde y un particular que actúa en interés propio de una empresa, sin sugerir ni ofrecer una alteración de la resolución ", no cubre la tipicidad del delito de tráfico de influencias, por lo que procede estimar la apelación y archivar el caso, ya que éste era el único delito que subsistía en la instrucción judicial, tras descartarse el cohecho.

El auto notificado este jueves por el Supremo critica que el juez Soriano calificara el informe técnico que finalmente se realizó sobre la nave -instalada muy cerca del aeropuerto de El Prat- de "injustificado y sorprendente" al considerar que esta conclusión carece de base tras las pruebas practicadas.

Añade que los hechos se limitan a que Blanco solicitó a través de un secretario de Estado de su Ministerio que un alcalde, "que no tiene competencia directa para la concesión de licencias de funcionamiento industrial de naves", recibiera a un empresario cuyo interés era poner de manifiesto un retraso en la tramitación y unos errores en el expediente que le urge subsanar.

"Esos hechos no son subsumibles en el tipo penal de tráfico de influencias", sentencia el alto tribunal, y añade que para que lo fueran se requiere "predominio o fuerza moral sobre un sujeto pasivo de manera que su resolución o actuación sea debida a la presión ejercida", lo que no se da en este caso. Tampoco encuentra que Blanco actuara con "abuso de la situación de superioridad" ejerciendo una "presión impropia el cargo".

POSICIÓN DE LA FISCALÍA
La decisión de este jueves y el archivo de la causa son contrarios a la posición de la Fiscalía, que en su día llegó a afirmar que el cumplimiento de los requerimientos municipales le habrían supuesto a Azkar un coste económico de 175.000 o de 500.000 euros.

Las gestiones de Blanco, según la Fiscalía, habrían servido para que se cambiara la nomenclatura formal de la actividad para la que se solicitaba la licencia sin variar su objeto, de forma que con ello AZKAR ya no tendría que hacer frente a los costes económicos derivados del cumplimiento de los requerimientos municipales anteriores. Por otro lado, se excluyó de la licencia la autorización del parking.

CONVERSACIONES
Entre las comunicaciones intervenidas, la Fiscalía destacaba una entre Orozco y un empleado de su empresa, de 15 de diciembre de 2010, en la que el empresario señala que "van a presionar por todas las vías" para conseguir su propósito porque "tiene maneras" para "buscarle la vuelta" al alcalde de Sant Boi. Días más tarde señala a este empleado: ""Voy, voy a, voy a llamar al Pepe Blanco a ver si manda algo allí o allí van por libre o como carallo hacen".

En la causa constan otras conversaciones entre Blanco y Orozco, concretamente del 30 de diciembre de ese año, en las que el exministro contesta a su amigo sobre este asunto: "Yo hablo con ellos, no te preocupes eh". Posteriormente a esta conversación, el empresario reconoce a uno de los suyos que en el Ayuntamiento les han confeccionado "hasta el escrito de alegaciones" que había que presentar por el asunto de la licencia.

El 10 de febrero de 2011, tras obtener su reunión con el alcalde, el vicepresidente de Azkar comentó a otro subordinado por teléfono que "siempre es bueno tener un amigo en el Gobierno de tu país". Finalmente, en fecha 10 marzo 2011, Orozco le agradeció a Blanco su actuación mediante un SMS, según destacaba el Ministerio Público.

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