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ADIF en paralelo

Operación Chamartín (XLIV)

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ADIF tiene un contrato con Distrito Castellana Norte que se basa en la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid. Estamos esperando que el Ayuntamiento lo apruebe. En paralelo, nosotros tenemos nuestro propio estudio. Esperamos la renovación del contrato con DCN. Yo sí apoyo el proyecto Madrid Nuevo Norte. Si no se aprueba, entraremos en procedimientos judiciales que nos llevarán a un tiempo en el que yo ya no lo veré.


Lo anterior, no textual y tomado a vuela pluma, es la respuesta de la Presidenta de ADIF, Isabel Pardo, a unas preguntas que le hicieron en un acto de Executive Fórum celebrado en Madrid el 14 de diciembre. Para ser precisos, advirtamos que la señora Pardo conoció las preguntas a través del resumen que hizo el moderador acto. Y, porque explican la situación, repasemos las redacciones que recibió el moderador:


¿A qué acuerdos han llegado ADIF y DCN que no han hecho públicos? La nueva Estación de Chamartín duplicará lo permitido por el PGOUM, ¿cómo lo van a solucionar? El TSJM ha admitido la reclamación de una asociación de vecinos y los ecologistas sobre el PGOU de Madrid que afecta a la Operación Chamartín, ¿qué efectos va a tener en los acuerdos entre ADIF, Ayuntamiento de Madrid y DCN? ¿Cree usted que si se paralizara la Operación Chamartín deberían exigirse responsabilidades a los gestores de ADIF y Ayuntamiento por su gestión?


La presencia de la presidenta de ADIF hasta el último momento había estado en duda. El día anterior se había publicado lo que nos apuntaron a finales de noviembre: La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), Sección Primera, admitía la demanda de Ecologistas en Acción Madrid AEDENAT y Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid contra el Ayuntamiento de Madrid, por la Aprobación Inicial de la Modificación del Plan Gen. de Ordenación Urbana de Madrid 1997, iniciando con ello el Procedimiento Ordinario 1516/2018 que afecta a la Operación Chamartín.


Habituados a la opacidad de Juan Bravo en ADIF, era posible que su sucesora siguiera su ejemplo, se apartara del foco noticioso y evitara opinar sobre la modificación del PGOU de 1997. Pero Pardo no es Bravo y allá fue, a exponer lo que llamó líneas estratégicas de ADIF y cómo articularlas con lo que hace la entidad pública encargada de la construcción de líneas de ferrocarril y su explotación.


Tras su exposición, al contestar las preguntas que le hicieron, Pardo pudo rehuir opinar sobre la Operación Chamartín, o pasar de puntillas sobre ella. No lo hizo. Contestó, más que valiente, inteligente, incidiendo en lo que conviene, informando tranquila de la existencia del estudio en paralelo de ADIF, señalando el próximo fin del contrato; y exponiendo algo que sonó a cálculo no improvisado para advertir a los que conviene que conozcan la posición de ADIF: El Ayuntamiento de Madrid y lo que hay dentro (conflicto alcaldesa Carmena-Ahora Madrid, y posiciones de PP, PSOE y C’s). Y DCN, sucesor de Desarrollo Urbanístico Chamartín (DUCH) y adjudicatario del singular concurso licitado en 1993 (con Mercé Sala q.e.p.d. presidiendo RENFE y Borrell en el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente) en el que hay unos cientos de millones de euros comprometidos o gastados por DCN sin recuperar; y miles de millones de euros de negocio que pueden generar beneficios económicos y otros rendimientos.


Desde su óptica, que coincide con la que defiende el interés público, Pardo se refirió al contrato ADIF-DCN (suscrito por RENFE-DUCH en 1993), que es el origen de la Operación Chamartín. De él, dijo que, “se basa en la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid”, al que se refiere la demanda ante el TSJM. Es cierto, pero como parte de un todo más amplio, ya que el contrato es consecuencia de un concurso, el de 1993, en el que lo que se encargaba no era sólo la modificación del PGOU, sino el desarrollo urbanístico de los terrenos adyacentes a la Estación de Chamartín a cambio de los derechos de RENFE en relación con esos terrenos. Pero con una salvedad que había en la propuesta del licitador al que RENFE adjudicó el concurso. Es necesario resaltarlo porque, como consecuencia de ese contrato, hay un conjunto de obligaciones y derechos que son la base de los pactos entre ADIF, Ayuntamiento de Madrid y DCN, y el motivo de divergencias entre ellos. E importa advertirlo, en su totalidad y no resumiendo, recordando dos hechos que no debieran olvidarse:


Motivo de la adjudicación.- Según el informe que determinó la adjudicación del concurso, el motivo principal para acordar adjudicatario fue su oferta para “la realización de obras en concepto de Canon Fijo (construcción de un edificio nuevo para la instalación de oficinas de la propia RENFE con una superficie total de 22.000 metros cuadrados... y construcción de obras de mejora de instalaciones ferroviarias actuales e infraestructuras urbanísticas por un importe total de 17.120 millones de pesetas); y la satisfacción a RENFE de un Canon Variable según los beneficios que se obtengan” (Cláusulas Décima y Duodécima del Documento de Adjudicación)


Salvedad que libera obligaciones del adjudicatario.- El Canon Fijo se condiciona en la propuesta del adjudicatarios, ya que las inversiones “deberán realizarse siempre que se den los requisitos mínimos definidos en la Cláusula Vigésima”, en la que se fija como requisito mínimo que el nuevo PGOUM determinara una “edificabilidad lucrativa de 870.000 metros cuadrados de usos comerciales, terciarios y residenciales”


Con lo anterior expuesto, - que corresponde a la realidad previa a la adjudicación del concurso - procede poner en valor, además de lo que nos han permitido conocer ADIF, AYUNTAMIENTO DE MADRID Y DCN mientras negociaban: Lo conocido en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento, base de los hechos que originan el Procedimiento Ordinario 1516/2018 que se sigue en la La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM. Y la revelación de Isabel Pardo “En paralelo, nosotros tenemos nuestro propio estudio”.


Tiempo habrá para ocuparse de litigios, hoy, tras oir a la Presidenta del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, parece más oportuno: Constatar que ADIF trabaja en paralelo. Rechazar secretismos y tapujos. Y sugerir que, por quien proceda, se exijan responsabilidades personales, profesionales y políticas a los que han llevado a la Operación Chamartín a la espera de que actúe la justicia. Como nos hemos ocupado de ellos en varias ocasiones y son conocidos, no es preciso citar nombres. Basta con señalar que la situación actual es debida a los gestores que conocemos, a lo que han hecho y a cómo lo han hecho. También parece oportuno puntualizar que la sociedad y las entidades afectadas (ADIF, Ayuntamiento de Madrid y DCN) no merecen que esa responsabilidad se evada diluida en secretismos, con medias verdades, o publicidades engañosas. 

Operación Chamartín (XLIV)

ADIF en paralelo
Redacción
lunes, 17 de diciembre de 2018, 14:38 h (CET)

ADIF tiene un contrato con Distrito Castellana Norte que se basa en la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid. Estamos esperando que el Ayuntamiento lo apruebe. En paralelo, nosotros tenemos nuestro propio estudio. Esperamos la renovación del contrato con DCN. Yo sí apoyo el proyecto Madrid Nuevo Norte. Si no se aprueba, entraremos en procedimientos judiciales que nos llevarán a un tiempo en el que yo ya no lo veré.


Lo anterior, no textual y tomado a vuela pluma, es la respuesta de la Presidenta de ADIF, Isabel Pardo, a unas preguntas que le hicieron en un acto de Executive Fórum celebrado en Madrid el 14 de diciembre. Para ser precisos, advirtamos que la señora Pardo conoció las preguntas a través del resumen que hizo el moderador acto. Y, porque explican la situación, repasemos las redacciones que recibió el moderador:


¿A qué acuerdos han llegado ADIF y DCN que no han hecho públicos? La nueva Estación de Chamartín duplicará lo permitido por el PGOUM, ¿cómo lo van a solucionar? El TSJM ha admitido la reclamación de una asociación de vecinos y los ecologistas sobre el PGOU de Madrid que afecta a la Operación Chamartín, ¿qué efectos va a tener en los acuerdos entre ADIF, Ayuntamiento de Madrid y DCN? ¿Cree usted que si se paralizara la Operación Chamartín deberían exigirse responsabilidades a los gestores de ADIF y Ayuntamiento por su gestión?


La presencia de la presidenta de ADIF hasta el último momento había estado en duda. El día anterior se había publicado lo que nos apuntaron a finales de noviembre: La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), Sección Primera, admitía la demanda de Ecologistas en Acción Madrid AEDENAT y Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid contra el Ayuntamiento de Madrid, por la Aprobación Inicial de la Modificación del Plan Gen. de Ordenación Urbana de Madrid 1997, iniciando con ello el Procedimiento Ordinario 1516/2018 que afecta a la Operación Chamartín.


Habituados a la opacidad de Juan Bravo en ADIF, era posible que su sucesora siguiera su ejemplo, se apartara del foco noticioso y evitara opinar sobre la modificación del PGOU de 1997. Pero Pardo no es Bravo y allá fue, a exponer lo que llamó líneas estratégicas de ADIF y cómo articularlas con lo que hace la entidad pública encargada de la construcción de líneas de ferrocarril y su explotación.


Tras su exposición, al contestar las preguntas que le hicieron, Pardo pudo rehuir opinar sobre la Operación Chamartín, o pasar de puntillas sobre ella. No lo hizo. Contestó, más que valiente, inteligente, incidiendo en lo que conviene, informando tranquila de la existencia del estudio en paralelo de ADIF, señalando el próximo fin del contrato; y exponiendo algo que sonó a cálculo no improvisado para advertir a los que conviene que conozcan la posición de ADIF: El Ayuntamiento de Madrid y lo que hay dentro (conflicto alcaldesa Carmena-Ahora Madrid, y posiciones de PP, PSOE y C’s). Y DCN, sucesor de Desarrollo Urbanístico Chamartín (DUCH) y adjudicatario del singular concurso licitado en 1993 (con Mercé Sala q.e.p.d. presidiendo RENFE y Borrell en el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente) en el que hay unos cientos de millones de euros comprometidos o gastados por DCN sin recuperar; y miles de millones de euros de negocio que pueden generar beneficios económicos y otros rendimientos.


Desde su óptica, que coincide con la que defiende el interés público, Pardo se refirió al contrato ADIF-DCN (suscrito por RENFE-DUCH en 1993), que es el origen de la Operación Chamartín. De él, dijo que, “se basa en la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid”, al que se refiere la demanda ante el TSJM. Es cierto, pero como parte de un todo más amplio, ya que el contrato es consecuencia de un concurso, el de 1993, en el que lo que se encargaba no era sólo la modificación del PGOU, sino el desarrollo urbanístico de los terrenos adyacentes a la Estación de Chamartín a cambio de los derechos de RENFE en relación con esos terrenos. Pero con una salvedad que había en la propuesta del licitador al que RENFE adjudicó el concurso. Es necesario resaltarlo porque, como consecuencia de ese contrato, hay un conjunto de obligaciones y derechos que son la base de los pactos entre ADIF, Ayuntamiento de Madrid y DCN, y el motivo de divergencias entre ellos. E importa advertirlo, en su totalidad y no resumiendo, recordando dos hechos que no debieran olvidarse:


Motivo de la adjudicación.- Según el informe que determinó la adjudicación del concurso, el motivo principal para acordar adjudicatario fue su oferta para “la realización de obras en concepto de Canon Fijo (construcción de un edificio nuevo para la instalación de oficinas de la propia RENFE con una superficie total de 22.000 metros cuadrados... y construcción de obras de mejora de instalaciones ferroviarias actuales e infraestructuras urbanísticas por un importe total de 17.120 millones de pesetas); y la satisfacción a RENFE de un Canon Variable según los beneficios que se obtengan” (Cláusulas Décima y Duodécima del Documento de Adjudicación)


Salvedad que libera obligaciones del adjudicatario.- El Canon Fijo se condiciona en la propuesta del adjudicatarios, ya que las inversiones “deberán realizarse siempre que se den los requisitos mínimos definidos en la Cláusula Vigésima”, en la que se fija como requisito mínimo que el nuevo PGOUM determinara una “edificabilidad lucrativa de 870.000 metros cuadrados de usos comerciales, terciarios y residenciales”


Con lo anterior expuesto, - que corresponde a la realidad previa a la adjudicación del concurso - procede poner en valor, además de lo que nos han permitido conocer ADIF, AYUNTAMIENTO DE MADRID Y DCN mientras negociaban: Lo conocido en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento, base de los hechos que originan el Procedimiento Ordinario 1516/2018 que se sigue en la La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM. Y la revelación de Isabel Pardo “En paralelo, nosotros tenemos nuestro propio estudio”.


Tiempo habrá para ocuparse de litigios, hoy, tras oir a la Presidenta del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, parece más oportuno: Constatar que ADIF trabaja en paralelo. Rechazar secretismos y tapujos. Y sugerir que, por quien proceda, se exijan responsabilidades personales, profesionales y políticas a los que han llevado a la Operación Chamartín a la espera de que actúe la justicia. Como nos hemos ocupado de ellos en varias ocasiones y son conocidos, no es preciso citar nombres. Basta con señalar que la situación actual es debida a los gestores que conocemos, a lo que han hecho y a cómo lo han hecho. También parece oportuno puntualizar que la sociedad y las entidades afectadas (ADIF, Ayuntamiento de Madrid y DCN) no merecen que esa responsabilidad se evada diluida en secretismos, con medias verdades, o publicidades engañosas. 

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